Eleven Seguridad
desokupa
Es legal contratar servicios de mediación, asesoramiento o protección del inmueble que respeten la ley. Lo que no es legal es desalojar por la fuerza, con amenazas o coacciones, cortar suministros para forzar la salida o entrar en una vivienda ocupada sin autorización. Si una empresa actúa así, tanto ella como el propietario pueden tener responsabilidades penales. Consulta con un abogado antes.
Llama a las fuerzas de seguridad cuanto antes, porque la rapidez con la que se denuncia puede influir en la respuesta. Reúne documentos que acrediten la propiedad y que la vivienda es tu domicilio o segunda residencia. No intentes entrar por tu cuenta ni enfrentarte a los ocupantes. Después, consulta con un abogado sobre la vía judicial adecuada.
Depende de muchos factores: si se actúa en flagrancia, la vía judicial elegida, la carga de trabajo del juzgado, la existencia de personas vulnerables y si los ocupantes aceptan una salida negociada. No hay un plazo fijo. Desconfía de quien te prometa recuperar la vivienda en un tiempo cerrado sin conocer tu caso.
No es lo mismo. Un inquilino que deja de pagar el alquiler o no se va al terminar el contrato tiene un título que le dio acceso a la vivienda, y su situación se resuelve con un procedimiento de desahucio. La ocupación sin título es otra situación jurídica. En ambos casos, la salida forzosa corresponde a un juzgado, no a una empresa.
Refuerza los accesos con puerta de seguridad o antiokupa, revisa ventanas y persianas, instala una alarma conectada a central y, si es posible, que alguien visite la vivienda con regularidad. Mantén los suministros a tu nombre y guarda pruebas de que la vivienda está en uso. Avisa a algún vecino para que te informe de movimientos extraños.
La ocupación de un inmueble es una situación angustiosa para cualquier propietario, y en los últimos años han aparecido empresas que ofrecen ayuda para resolverla. Antes de contratar a ninguna conviene tener muy claro un principio: en España, el desalojo de un inmueble ocupado corresponde a los jueces y a las fuerzas de seguridad. Ninguna empresa privada puede expulsar a los ocupantes por la fuerza, intimidarlos o entrar en la vivienda sin autorización.
Dentro de ese marco, sí hay servicios útiles y legales que estas empresas prestan, y otros que deberían hacerte desconfiar.
Algunas actuaciones atribuidas a este tipo de empresas pueden constituir delitos de coacciones, amenazas, allanamiento o realización arbitraria del propio derecho. Entre ellas:
Si contratas a una empresa que actúa así, podrías verte implicado como inductor. Además, hay que recordar que las tareas de vigilancia solo pueden realizarlas empresas de seguridad privada autorizadas con personal habilitado.
El coste depende del tipo de servicio contratado (solo mediación, asesoramiento continuado, protección posterior), de la complejidad del caso, del número de ocupantes, del tipo de inmueble y de los trabajos materiales posteriores como cerrajería, puertas antiokupa o alarmas. Los honorarios de abogado y procurador para la vía judicial suelen ser independientes.
Las segundas residencias, las viviendas heredadas y los pisos entre inquilinos son los más expuestos. Una puerta de seguridad, cerraduras de calidad, una alarma conectada a central y visitas periódicas reducen mucho el riesgo. En promociones, naves o edificios vacíos de mayor tamaño, los servicios de seguridad privada con rondas o vigilancia presencial son la opción a considerar. Encontrarás otras formas de proteger un inmueble en nuestra categoría de seguridad.
Si tu empresa ofrece mediación, asesoramiento o protección de inmuebles dentro de la legalidad, puedes incluir tu ficha gratis en MyDirectory y explicar con claridad qué servicios prestas.
Para saber más: Okupación e inquiokupación: diferencias y qué hacer en cada caso